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Estatuto General de la Abogacía.


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Legislación. Estatuto.
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"La Abogacía es una profesión libre e independiente que presta un servicio a la sociedad en interés público y que se ejerce en régimen de libre y leal competencia, por medio del consejo y la defensa de derechos e intereses públicos o privados, mediante la aplicación de la ciencia y la técnica jurídicas, en orden a la concordia, a la efectividad de los derechos y libertades fundamentales y a la Justicia..."





Despachos de abogados. Abogada Francisca Alonso Riera. Avda. de Oviedo, Lugones-Siero (Asturias).
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