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"La función social de la Abogacía exige establecer unas normas deontológicas
para su ejercicio. A lo largo de los siglos, muchos han sido los intereses confiados a
la Abogacía, todos ellos trascendentales, fundamentalmente relacionados con el
imperio del Derecho y la Justicia humana. Y en ese quehacer que ha trascendido la
propia y específica actuación concreta de defensa, la Abogacía ha ido acrisolando
valores salvaguardados por normas deontológicas necesarias no sólo al derecho de
defensa, sino también para la tutela de los más altos intereses del Estado, proclamado
hoy como social y democrático de Derecho..."
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